Los permisos retribuidos comunes para todos los trabajadores son los indicados en el artículo 37 del ET, pero entre ellos no hay permiso retribuido para ir a vacunarse contra la COVID-19. Es cierto que existe permiso retribuido «por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal». Pero no vale para este caso porque estos deberes son solo aquellos cuyo incumplimiento implica responsabilidad civil, penal o administrativa. Si la vacuna fuera obligatoria entonces sí que sería aplicable en este caso.

Determinados convenios colectivos amplían los permisos comunes del ET. Por ejemplo, algunos convenios sí que incluyen el permiso retribuido para consulta médica, aunque normalmente solo con el médico especialista que tampoco valdría par este caso. Pero lo habitual es que el convenio no diga nada al respecto.

Uso de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestra web mediante el análisis de su navegación en nuestro sitio. Si continúa navegando, consideraremos que acepta su uso. Siempre podrá revocar su consentimiento y obtener más información AQUÍ ACEPTAR